(Bogotá).- La salud en Colombia tendrá nuevos recursos para su financiamiento y nuevas herramientas para su control gracias a la Ley de Fortalecimiento Institucional del Sector Salud, sancionada por el presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón.

La Ley 1797 del 13 de julio de 2016, que consta de 28 artículos, establece nuevas posibilidades para el financiamiento de los servicios no incluidos en el plan de beneficios (no POS), fortalece el saneamiento contable y busca generar mayor liquidez en el flujo de recursos en el sector.

Pero, más allá de los temas financieros, también fija nuevas normas para el buen gobierno y dota con más herramientas a la Superintendencia de Salud que, entre otros aspectos, tendrá que fortalecer sus canales de comunicación con la ciudadanía para recibir y resolver quejas y reclamos.

En los temas financieros, uno de los aspectos más relevantes es que la ley habilita a departamentos y distritos para que utilicen sus excedentes de rentas cedidas (aquellas que provienen de loterías, juegos, apuestas permanentes y licores) para pagar deudas de servicios no POS en el régimen subsidiado, que hoy ascienden a 800.000 millones de pesos en todo el país.

La legislación también permite nuevos usos a los recursos provenientes de regalías, a los que se podrá recurrir para financiar servicios no POS, para pagar deudas del régimen subsidiado por contratos suscritos antes del 31 de marzo de 2011, y para capitalizar y sanear las EPS en las que participa la entidad territorial.

El uso de regalías puede aliviar la situación financiera de las EPS en las que tenga participación la entidad territorial. Por ejemplo, Savia Salud (Antioquia), Capital Salud (Bogotá) y Capresoca (Casanare) podrían encontrar solución a sus crisis gracias a esta fuente de recursos.

Dentro de las estrategias de saneamiento, la ley obliga a los actores del sistema a depurar y conciliar permanentemente sus cuentas. Lo anterior debido a que buena parte de la crisis actual se debe a que las cifras de acreedores y deudores no siempre coinciden.

Una de las medidas que más beneficios traerán a los prestadores es la modificación de la prelación de pagos en procesos de liquidación: las deudas reconocidas con IPS pasan del quinto al segundo lugar.

Por otra parte, la ley permite condonar deudas del régimen subsidiado que los municipios más pobres tengan con el Fosyga, y crea créditos blandos con tasa compensada con recursos de la Nación, sujetos a disponibilidad presupuestal.

La ley tendrá un impacto positivo en la calidad del servicio a los pacientes que están esperando por medicamentos, pues permite que el Ministerio de Salud gire recursos directamente a proveedores del régimen subsidiado. Al reducir varios eslabones de la cadena de pago (Fosyga, EPS, IPS, proveedores de medicamentos) se podrá agilizar la entrega de los fármacos y la prestación de servicios.

Fuente: Ministerio de Salud de Colombia